90.000 euros de multa a clínicas estéticas publicitarias de bótox
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La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha comenzado a sancionar con multas de más de 90.000 euros a las clínicas estéticas que publicitan toxina botulínica, más conocida como Bótox, en sus páginas web y redes sociales.
La problemática de no poder publicitar Bótox no es de ahora, sino que se remonta a 2019, pero con el inicio de la pandemia se dejó un poco en el olvido.
Este producto está bajo prescripción médica y es de aplicación médica, es decir, lo tiene que recetar y poner un facultativo.
El Real Decreto 1416/1994, de 25 de junio, por el que se regula la publicidad de los medicamentos de uso humano, en su artículo 7 dice que no podrán ser publicitados al público los medicamentos que sólo se puedan dispensar con prescripción médica. Y en el artículo 4 determina los medicamentos que sí pueden ser publicitados.
La Comunidad de Madrid se reunió con SEME, Sociedad de Medicina Estéetica, para “solicitar su colaboración en la difusión entre sus asociados de la normativa legal que regula la publicidad de medicamentos”.
Desde 2020 hasta el día actual, la Consejería de Sanidad de Madrid ha requerido a 58 clínicas la retirada de publicidad de toxina botulínica y/o PRP -Plasma Rico en Plaquetas (otro producto con receta)- y se ha tramitado propuesta de sanción a 13 clínicas por este motivo.
Madrid y Cataluña son las únicas comunidades que están llevando a cabo estos procesos de vigilancia y retirada de publicidad de medicamentos sujetos a prescripción médica.
Tanto SEME, sociedad médica formada únicamente por médicos estéticos, como SEMYCE, sociedad empresarial que agrupa a médicos y empresarios dueños de clínicas estéticas con autorización sanitaria, están luchando para que esta normativa se aplique en todas las comunidades por igual.
Ambas organizaciones argumentan que a día de hoy se está produciendo una competencia desleal, además de que puede causar malentendidos entre los pacientes al pensar que se trata de tratamientos diferentes.

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